11 Jul Pensión Compensatoria
Posted at 08:27h
in Familia
La figura de la pensión compensatoria viene recogida en el articulo 97 de nuestro código civil.
Dicha pensión se fija en el momento de la separación o el divorcio y se fija solo en el supuesto de que exista un desequilibrio económico en el momento de la separación o el divorcio.
Jurisprudencialmente dicha pensión ha ido evolucionando desde la fijación con carácter indefinido hacia la fijación de la misma con carácter temporal.
