Sentencia condenatoria a una aseguradora que cumpla lo recogido en la póliza de seguro de vida

La Audiencia Provincial de Asturias revoca una sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia numero tres de Avilés y condena a una compañía aseguradora a abonar lo recogido en la póliza de seguro de vida vinculado al préstamo hipotecario.

La compañía aseguradora no acepto el siniestro pues el asegurado falleció dentro del año inmediatamente posterior a la firma del contrato de seguro de vida, todas las conversaciones fueron infructuosas , por lo que la heredera, hija del fallecido , tuvo que acudir a los tribunales, siendo desestimada su demanda en primera instancia la Audiencia Provincial revoca dicha sentencia y condena a la compañía aseguradora a cancelar la hipoteca, tal y como se recogía en la póliza, a devolverle a la heredera todas las cantidades abonadas desde el fallecimiento a la sentencia, así como los intereses legales y los intereses moratorios.

La situación que vivió nuestra representada desde el fallecimiento de su padre hasta que la Audiencia Provincial dictase sentencia fue muy difícil, pues debía de abonar la hipoteca de su piso y la hipoteca de su padre fallecido, pero como siempre en esta sociedad en la que vivimos los poderes financieros se llevan por delante todo lo que se encuentran, después de casi dos años, su vida ha vuelto a la normalidad gracias a que les hemos ganado la batalla. Si se encuentra con algún problema con su aseguradora no dude en consultarnos.